En el
caso de la Pequeña Keibril podemos identificar a 2 víctimas las cuales son su
Madre Naydelin García de 13 años de edad y su hija Keibril Amira García, esto
ya que considerando la situación de los hechos y de la falta de intervención de
las instituciones las victimas notorias en todo el caso fueron ellas dos, ya que
una de ellas fue víctima de abuso sexual por el cual quedó embarazada a corta
edad y su hija ya que ella no se encontraba viviendo de buena manera y esta fue
sustraída de los brazos de su madre un 9 de abril, lamentablemente la pequeña
niña no ha aparecido.
En el
caso de China Kichá tenemos como víctimas a la población indígena ya que a estos
se les arrebato sus tierras, creando un problema ya que era injusto el arrebato
de las mismas y no cumplieron con sus derechos.
La contención
social y jurídica que se les brindo a las víctimas en dicho momento:
Bueno
en el caso de Keibril y su madre desde el inicio del caso y desde mi opinión fue nula
la contención esto ya que se dio a
conocer que instituciones que debían velar por la protección de la madre menor
de edad desestimaron la denuncia que se había hecho por parte de una vecina,
donde ella indicada la vida que llevaban
las menores, podría decir que la única persona que se tomó el tiempo de
realizar la denuncia fue una funcionaria
del MEP la cual era maestra de la menor y la que dio aviso de la situación al Pani ya que ella
indico que sospechaba que Naydelin había sido víctima de un abuso , durante el
caso se supo que varias instituciones no activaron los planes de atención ante dicha
situación, luego de la sustracción de la menor, se empezó a dar una contención tanto
social como jurídica en el caso de la joven madre ya que se le dio despido a 2
funcionarios del Pani por no realizar su trabajo, esto también para darle
justicia a la menor y a sus derechos que habían sido violados , se interpuso
una investigación ante estas instituciones para que algo así no pasara
nuevamente, la menor pudo continuar con
sus estudios de manera virtual gracias un plan que implemento el MEP y la maestra hicieron por la situación
que la joven madre estaba viviendo, los derechos de la menor fueron implementados
cuando se le dio demanda a su violador por los delitos cometido
en contra de la menor, a ella se le da apoyo emocional por las distintas situaciones,
para ayudarla a superar la violación, el trauma de tener a la una bebe siendo
tan pequeña y de la forma en la que se dio, también superar el trauma del
secuestro de su hija y demás situaciones, aquí si podemos decir que se implementó
una contención para ayudar a la menor.
En el
caso de China Kichá la contención social y jurídica que se le brindo en primera instancia fue nula
ya que le arrebataron sus tierras y violaron los derechos de las personas indígenas,
luego de un tiempo la contención que se dio fue el devolverles una parte de sus
tierras, el acceder a charlar con el gobierno en tomas de decisiones, el
implementar la educación de lengua para que esta no sea olvidad, el cumplir con
los derechos de estas personas al dejarlos construir sus ranchos y sembrar el maíz,
el de darles leyes que los protejan, entre otras.
Para
finalizar podemos decir que pasado un tiempo las víctimas de ambos casos obtuvieron una contención tanto social
como jurídica, esto se ve reflejado en las diferentes intervenciones a las
instituciones, la menara de buscar soluciones y de hablar con las personas indígenas
para resguardar su historia y hacer cumplir sus derechos según la ley, el ver a
su agresor en la cárcel por el baño que le hizo a una menor y el apoyo que esta
recibirá para que pueda superar lo sucedido, el ver sus derechos implementados según
la ley y que estos se cumplan, realmente en ambos casos las personas basan por situaciones difíciles,
pero luchan por el cumplimiento de sus derechos como ciudadanos.
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